El día jueves 15 de
octubre del 2015 recibimos en el local sindical una “Ejecución de
laudo”, con lo que se notifica al SUTIEMS de que la Junta ha
modificado las cláusulas del Contrato Colectivo de Trabajo que de
acuerdo con el laudo del 23 de junio de 2014 violan la libertad
sindical del SITIEMS y nos condena a ajustar las cláusulas
“reconociendo la representación proporcional que le
corresponde...”. Al respecto el SUTIEMS aclara que:
El SUTIEMS tiene a partir
de la recepción de la notificación 15 días para promover un amparo
contra dicho acto de autoridad de la JLCyA, lo cual promoveremos,
tomando en cuenta que: la propia Junta cerró las puertas del diálogo
cuando, luego de haber agredido su Secretario Auxiliar de Conflictos
Colectivos, Blas Carlos López Ruiz, a nuestro representante legal
Juan de Dios Hernández Monge, canceló la reunión en la que
llegaríamos a acuerdos al respecto entre las partes, citada para el
día 29 de septiembre de 2015, al concretarse a preguntar al inicio
de la misma si había ya acuerdo, luego de lo cual se limitó a
redactar el acta en sus términos. Por su parte, el IEMS, se negó a
reunirse con la representación sindical, aún cuando en la propuesta
de redacción entregada garantizamos la libertad sindical del SITIEMS
y damos cumplimiento cabal al laudo, ante su propuesta de hacer
mención expresa del mismo en el CCT y concederle una
proporcionalidad que no les corresponde cuando éstos han hecho
declaración expresa de tener sólo 224 afiliados en su organización,
lo que frente al total de trabajadores informado por el Instituto de
1734, corresponde al 13%. Al respecto, la Junta les concede al
SITIEMS de manera por demás arbitraria una representación
proporcional del 25%, haciendo caso omiso de las pruebas ofrecidas de
los padrones y las declaraciones tanto del IEMS como del SITIEMS: de
1734 trabajadores en total el IEMS declara 811 no afiliados, que más
los 959 afiliados al SUTIEMS en padrón y los 424 del padrón inflado
del SITIEMS dan un total de 2194 trabajadores, ¡460 trabajadores de
más!
Dos apuntes más para la
reflexión:
La demanda se perdió
porque la representación del SUTIEMS no compareció en la etapa de
Demanda y Excepciones, que se verificó entre febrero y mayo de 2013,
por lo que se “tuvo por contestada la demanda en sentido
afirmativo”.
El SITIEMS demandó por
un Contrato Colectivo de Trabajo que viola, según el 2o Tribunal
Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito y la Junta Local
de Conciliación y Arbitraje, la libertad sindical, cuándo fueron
ellos quienes redactaron ese Contrato Colectivo de Trabajo en 2007 al
cual el SUTIEMS sólo le ha añadido conquistas laborales para todos
los trabajadores.
“Por educación y
trabajo dignos”
Comité Ejecutivo
SUTIEMS
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